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jwzr escribió:Distinguido amigo....
Mira que soy tan insistente con la norma....pero es la primera que la estoy viendo y me interesa mucho saber interpretarla bien.....asi que les pido por favor un poco de paciencia conmigo y mucha colaboración......
Volviendo al tema de la norma....me encontre con un termino que no habia escuchado ni en clases de Puentes....."Luz Vertical...."
En el articulo 2.3.3.2. Luces verticales para el transito vial....
¿Quisiera saber a que se refiere con ese termino....?....por que se entiende que luz horizontal es el ancho del puente....considerando las bermas y canaletas.....pero luz vertical...sinceramenteo no puedo comprenderlo.....
Saludos...
No, no siempre es el gálibo, sino la distancia sin obstrucciones, desde el nivel de pavimento hacia, luminarias, vigas, losas o estructura superior del puente.
El gálibo es la distancia entre entre el nivel máximo de aguas o piso inferior hasta el nivel inferior de la superestructura, en la zona de conducción o navegación, en obras subterráneas, túneles u otros conductos cerrados, la luz vertical es igual al gálibo.
La traducción de las normas AASHTO no habla de gálibos sino solo de luces libres, lo que puede ser algo confuso.
Saludos




