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En un comienzo no tenia normatividad y solo se consideraba en el reglamento sismico peuano un factor de reduccion sismica R=3 considerando su ductilidad limitada.
El 2004 se publico unas especificaciones normativas que adjunto para que puedan conocerla.
Quisiera saber si en otros paises se tiene alguna experiencia en el analisis, diseño y/o construccion de los referidos edificios. Tengo entendido que hay cierta experiencia en Chile y Colombia y si tienen alguna informacion (norma, articulo, comentario, etc) les agradecere hacermela llegar.
Mi e-mail es: izapatar@yahoo.com
Saludos!!!!!!




